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Guía práctica de MUFACE

Puedes consultar la siguiente guía práctica

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Durante el mes de enero, los mutualistas y beneficiarios con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria (ADESLAS, ASISA, DKV e Igualatorio de Cantabria), podrán solicitar cambio de entidad médica.

Para facilitar la toma de esta decisión se puede consultar los catálogos que las distintas entidades en el siguiente enlace.

Catálogos de entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria

Quien opte por cambiar de entidad puede realizar la solicitud a través de la sede electrónica de MUFACE, si dispone de certificado digital o DNI electrónico, o de forma presencial en su Servicio Provincial o en la Oficina de MUFACE más próxima, presentando junto a su solicitud de cambio de entidad, debidamente cumplimentada, el documento de afiliación o, en su defecto, el documento asimilado al de afiliación.

Cambio extraordinario fuera de plazo

Se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción al Sistema Sanitario Público fuera de plazo:

  • Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo que implique traslado de provincia.
  • Cuando, manteniendo su localidad de destino, el mutualista cambie su domicilio a otra provincia.
  • Cuando el mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las entidades afectadas.
  • Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidades, incluido, en su caso, el INSS.

Cambio extraordinario al INSS

Cuando el titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/Seguridad Social. En este supuesto, junto con la solicitud, el titular deberá aportar informe médico en el que conste el diagnóstico del proceso patológico padecido por él o por alguno de sus beneficiarios y las razones que aconsejan su tratamiento en un Centro del Sistema Sanitario Público. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer cinco años adscrito al INSS en el caso de que le sea concedido el cambio.

Más información

MUFACE

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13 de enero de 2017