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Asignación de destinos provisionales

Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, funcionarios en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.

Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, maestros en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.

  • Resolución de 12 de mayo de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la asignación de puestos docentes de inicio de curso 2026-2027, a los funcionarios de carrera sin destino, a los pendientes de la realización de la fase de prácticas, y a los aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, en los centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
  • Resolución de 29 de abril de 2026 de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los cuerpos docentes no universitarios en los centros públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2026-2027 (BOCM nº 113, de 14 de mayo).
  • Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 118, de 19 de mayo).
  • Prioridad de asignación por colectivos (Anexo I).
  • Relación de códigos de centros y localidades.
  1. Colectivos Participantes en las asignaciones de destinos.
    1. Maestros desplazados (Tipo A), maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura (Tipo C), cumplimiento de sentencia o resolución de recurso (Tipo D), procedentes de educación en el exterior (Tipo E), excedencia por cuidado de familiares (Tipo F).
    2. 2. Maestros con destino provisional (Tipo G) con obligación de participar en el Concurso de Traslados, convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025 y que no han obtenido destino en el mismo, por una de las siguientes modalidades:
      • a. C (resolución firme de expediente disciplinario).
      • b. F (reingreso con destino provisional).
      • c. J (provisional que nunca ha obtenido destino definitivo).
    3. Maestros que han reingresado durante el curso escolar 2025-2026 y no han obtenido destino en el concurso de traslados convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025, y aquellos que desean reingresar en el curso 2026-2027 (Tipo 3).
    4. Maestros pendientes de realizar la fase de prácticas de procesos selectivos anteriores al de 2026 (Tipo P).
    5. Maestros seleccionados en el proceso selectivo de 2026 (Tipo 4).
    6. Aspirantes a interinidad (Tipo 5):
      • a. Integrantes de listas ordinarias.
      • b. Integrantes de las listas extraordinarias permanentemente abiertas.
      • c. Aquellos que, habiéndose presentado en los procedimientos selectivos de 2026, hayan expresado su deseo de formar parte de las listas de interinidad marcando la opción “Solicito formar parte de la lista o listas de interinos” en el recuadro C de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo y no hayan resultado seleccionados.
  2. Maestros funcionarios de carrera que deseen reingresar en el curso 2026-2027
    Los funcionarios de carrera que deseen reingresar en el curso 2026-2027, participando en las asignaciones de inicio de curso, deberán solicitar su cambio de situación administrativa antes del 16 de junio de 2026, cumplimentando exclusivamente por medios electrónicos el formulario disponible en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/cambio-situacion-administrativa-docentes.
  3. Obligatoriedad de presentación de la solicitud
    Están obligados a presentar solicitud todos los docentes incluidos en alguno de los colectivos recogidos en los apartados 3.1 y 3.2 de la presente Resolución. El haber solicitado una comisión de servicios para el curso 2026-2027 no exime de esta obligatoriedad. No obstante, la presentación de la solicitud no implica necesariamente la asignación de destino, ya que vendrá determinada por los puestos ofertados y las peticiones realizadas.

Adjudicación informática de vacantes de inicio de curso (Interinos)

El procedimiento de asignación de destinos se realizará en las siguientes fases:

  • 1) Asignación provisional: A partir del 13 de julio para los colectivos indicados en el apartado 3.2 (es decir, Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) y a partir del 17 de julio para los colectivos indicados en el apartado 3.1 de la presente resolución (es decir, Cuerpo de Maestros), la Dirección General de Recursos Humanos publicará, mediante resolución dictada al efecto, los listados provisionales de adjudicatarios. Contra esta resolución se podrán presentar alegaciones en el plazo y forma que se determine en la misma. El hecho de no haber obtenido destino en la adjudicación provisional no implica no obtenerlo en la definitiva y viceversa. Asimismo, el centro de destino asignado en la adjudicación provisional puede ser diferente al asignado en la adjudicación definitiva.
  • 2) Asignación definitiva: Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones, a partir del 21 de julio de 2026 para los colectivos indicados en el apartado 3.2 y a partir del 29 de julio de 2026 para los colectivos indicados en el apartado 3.1, se procederá a dictar resolución de adjudicación definitiva.
  • 3) Asignaciones extraordinarias: Una vez cerrado el proceso anterior, se podrán realizar dos asignaciones extraordinarias, la primera de ellas, a partir del 24 de agosto, y la segunda con posterioridad a esa fecha y, en todo caso, antes del 4 de septiembre. Estas asignaciones tendrán carácter definitivo.

Asignaciones informáticas a lo largo del curso (Interinos)

Aquellos docentes que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de esta.

Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien alguno de los certificados electrónicos descritos en el apartado 5.3 de la presente Resolución.

Normas generales

Todo maestro, aunque también forme parte de listas que pertenezcan a otros Cuerpos, presentará una única solicitud de centros para todos los puestos: bilingües, ordinarios y voluntarios, con un máximo de 200 códigos de centro, distrito, localidad y/o Dirección de área Territorial.

Las solicitudes para la asignación informática de centro se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos. No se admitirá ninguna solicitud que se haya cumplimentado de forma manual ni se admitirán correcciones o inclusiones a mano.

La misma solicitud utilizada para la asignación informática servirá también para la petición de puestos de carácter voluntario y puestos bilingües. Los puestos de carácter voluntario serán adjudicados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten.

Los funcionarios de carrera participarán por un único Cuerpo en las asignaciones informáticas de inicio de curso.

Los maestros desplazados o sin destino definitivo a causa de haberlo perdido: por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso; o procedentes de educación en el exterior o excedencia por cuidado de familiares, pueden ejercer el derecho preferente a obtener un puesto en la localidad del último destino definitivo. Deberán marcar la casilla correspondiente en la hoja de petición de centros de la solicitud y consignar todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, por orden de preferencia, o el código de dicha localidad.

El funcionario de carrera que desee solicitar reducción de jornada tendrá que participar en el procedimiento para ello establecido, no pudiendo pedir jornada parcial, tipo 04, en su solicitud de centros.

La asignación informática de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo tiempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas en el orden que se indica a continuación. El cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al impartir ambos las mismas funciones docentes. El cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de idiomas se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al impartir ambos las mismas funciones docentes. Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas.

El orden de asignación por cuerpos es el siguiente:

  • Etapa 1: Profesores Especialistas en Sectores Singulares (Cuerpo 0598).
  • Etapa 2: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (Cuerpo 0596).
  • Etapa 3: Profesores de Artes Plásticas y Diseño (Cuerpo 0595).
  • Etapa 4: Profesores de Música y Artes Escénicas (Cuerpo 0594).
  • Etapa 5: Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (Cuerpos 0512 y 0592).
  • Etapa 6: Profesores Técnicos de Formación Profesional (a extinguir) (Cuerpo 0591) (exclusivamente especialidades: 021 Taller de vidrio y cerámica, 025 Actividades (C.E.I.S)).
  • Etapa 7: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.1. (puestos bilingües).
  • Etapa 8: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.2. (puestos de difícil cobertura).
  • Etapa 9: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) del resto de especialidades.
  • Etapa 10: Maestros (Cuerpo 0597) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.1. (puestos bilingües).
  • Etapa 11: Maestros (Cuerpo 0597) del resto de especialidades.

Presentación de solicitudes

La solicitud de participación se cumplimentará exclusivamente por medios electrónicos en los lugares indicados en el resuelve segundo, presentando una única solicitud, independientemente de si se pertenece a uno o a varios cuerpos docentes. Mediante la aplicación informática se cumplimentará la solicitud en sus distintos pasos, pulsando en el botón "Continuar". En el último paso se puede revisar el borrador de la solicitud antes de su presentación en Registro, pulsando en el botón "Visualizar borrador" y finalmente se registrará, pulsando en el botón “Enviar a Registro”. Una vez presentada, en el botón "Visualizar formulario registrado" se descargará el justificante que se deberá conservar como confirmación de la presentación, verificando que incluye número de registro de la forma XX/XXXXXX.9/26, junto con la fecha y hora de registro, en su esquina superior derecha. También se podrá obtener este justificante en el apartado "Solicitud", "Obtener copia (pdf)".

Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (https://www.comunidad.madrid/educacion/personal-educacion) en el apartado, “Tramitación electrónica”.

Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los maestros que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de área Territorial y los puestos que interesen.

Código Puesto voluntario
04 Jornada parcial.
05 Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día.
06 Protección de Menores, Instituciones penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa ACE.
07 Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros
Educativos Terapéuticos.

Las vacantes correspondientes a las Aulas de Compensación Educativa se incluyen como puestos voluntarios en el tipo 06. Se trata de un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria, pero que puede ser adjudicado a aquellos maestros que opten por los puestos voluntarios tipo 06.

Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.

A los funcionarios de carrera, de prácticas y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.

Renuncias

Se establecen los siguientes tipos y su calendario:

  • Renuncias a puestos voluntarios. En la resolución por la que se publique la asignación provisional recogida en el apartado sexto de esta resolución, se establecerá un plazo para que los aspirantes que lo deseen puedan renunciar a sus solicitudes de puestos voluntarios. Esta renuncia será para todos los puestos voluntarios solicitados y se aplicará a todas las especialidades y cuerpos en que figure el solicitante y tendrá efecto en todas las asignaciones derivadas de este proceso. Estas renuncias se efectuarán, exclusivamente, a través de la aplicación informática utilizada para la solicitud de destinos, que se encuentra disponible en los lugares indicados en el resuelve segundo.
  • Renuncia para aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad que hayan obtenido destino en la asignación provisional. En la resolución por la que se publique la asignación provisional recogida en el apartado sexto de esta resolución, se establecerá un plazo para que los aspirantes que hayan obtenido puesto en la asignación provisional puedan renunciar a la misma. El resto de las asignaciones que se realicen tendrán carácter definitivo.
  • Renuncias para aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad que no han obtenido destino en las asignaciones. Como se ha indicado en el resuelve sexto, el hecho de que un aspirante no haya obtenido destino en la asignación provisional no implica que no pueda obtenerlo en la asignación definitiva. Por tal motivo, tras cada una de las asignaciones que se realicen, a excepción de la última asignación extraordinaria, en la resolución en la que se haga pública la asignación se establecerá un plazo para solicitar no ser asignado en ninguna de las asignaciones posteriores.

Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid.

La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.

Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.

Derecho preferente a centro

Los maestros desplazados, maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, procedentes de educación en el exterior, excedencia por cuidado de familiares podrán solicitar derecho preferente, si así lo manifiestan en su solicitud de petición de centros, debiendo solicitar como primera petición el código del centro del que es definitivo en el caso de ser desplazado y del centro del último destino definitivo en el caso de estar comprendido en el resto de colectivos.

En caso de que quiera ejercer este derecho, estará obligado a consignar en la solicitud todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, correlativamente y relacionados por orden de preferencia o el código de dicha localidad. En el caso de que se intercalara un código que no corresponda a la localidad o se omitiera alguno de los centros de la localidad donde se ejerce el derecho preferente, la Administración, libremente, cumplimentará en este punto los centros restantes de dicha localidad antes de contemplar la siguiente petición.

El orden de prioridad de la asignación de destinos se determinará de acuerdo a los siguientes criterios, tal y como aparecen ordenados a continuación:

  1. Desplazados por no haber vacante en su centro de destino.
  2. Por supresión del puesto de trabajo en que servían con carácter definitivo.
  3. Por cumplimiento de sentencia o resolución de recurso.
  4. Por reincorporación procedente de un puesto de trabajo en el exterior.
  5. Por proceder de situación de excedencia por cuidado de familiares.

Dentro de cada tipo de colectivo de funcionarios de carrera se asignará primero a aquellos que opten por ejercer el derecho preferente a la localidad del centro de destino definitivo.

Orden de adjudicación

  • Mayor antigüedad en el destino definitivo en el centro de que se trate.
  • Mayor antigüedad en el cuerpo.
  • Año de ingreso en el cuerpo.
  • Mayor puntuación o menor número en la lista, según los casos, del procedimiento selectivo de ingreso.

Derecho preferente a localidad o Dirección de área Territorial

A Los maestros que hayan hecho uso de su derecho preferente a centro y que no obtengan destino en la adjudicación, se les desplazará forzosos dentro de la misma localidad o dentro de la Comunidad. Tendrán preferencia a la localidad o a la Dirección de área de las que les dimane el derecho preferente, si así lo manifiestan en la casilla correspondiente de su solicitud de petición de centros.

Criterios de ordenación:

  • Mayor antigüedad en el Cuerpo como funcionario de carrera.
  • Mayor antigüedad en la promoción por la que se hizo el ingreso en el Cuerpo.
  • Mayor puntuación o menor número en la lista, según los casos, del procedimiento selectivo de ingreso.

Orden de adjudicación (tras asignación por derecho preferente)

  1. Maestros con destino provisional Tipo G. Los participantes pertenecientes a este colectivo serán ordenados según la puntuación obtenida en el último concurso de traslados.
  2. Maestros pendientes de realizar la fase de prácticas Tipo P.Los participantes pertenecientes a este colectivo serán ordenados con los siguientes criterios:
    • Año del procedimiento selectivo superado.
    • Mayor puntuación o menor número en la lista, según los casos, del procedimiento selectivo superado.
  3. Maestros reingresados Tipo 3. Los participantes pertenecientes a este colectivo serán ordenados con los siguientes criterios:
    • Mayor antigüedad en el Cuerpo como funcionario de carrera.
    • Mayor antigüedad en la promoción por la que se hizo el ingreso en el Cuerpo.
    • Mayor puntuación o menor número en la lista, según los casos, del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo.
  4. Maestros aspirantes a interinidad Tipo 5.Los participantes pertenecientes a este colectivo serán ordenados con los siguientes criterios:
    • Tipo de lista.
    • Subtipo.
    • Número de orden.
    • Resto de cuerpos.
  • Los que hayan obtenido destino en el Concurso de Traslados.
  • Los que se les haya adjudicado destino para el siguiente curso por otra vía.
  • Los excluidos de las listas de interinos.

Los funcionarios de carrera podrán consignar en su solicitud el deseo de prestar servicio en el curso 2026-2027 en el mismo centro al que fueron destinados en el curso 2025-2026, marcando la casilla correspondiente.

Si solo se desea confirmar el centro en determinados tipos de puestos, además de marcar la casilla correspondiente, deberá cumplimentar el código de dicho centro en su primera petición, indicando en el mismo los tipos de puestos. En caso contrario, se entenderá que solo desea confirmar centro en puestos de carácter ordinario.

Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid

Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.

Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los profesores funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, profesores en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.

Presentación de solicitudes para los funcionarios de carrera que hayan variado su situación administrativa después del 16 de junio de 2026: del 24 de junio hasta el 7 de julio de 2026.

  • Catedráticos y profesores desplazados de su centro de destino definitivo en el curso escolar 2025-2026, nuevos catedráticos y profesores desplazados de su centro de destino definitivo para el curso escolar 2026-2027 y catedráticos y profesores con cese voluntario (Tipo 1).
    1. Catedráticos y profesores que han perdido su centro de destino definitivo y tienen derecho preferente a un centro de la localidad (profesores procedentes del exterior, de excedencia por cuidado de familiares, resolución de recurso) (Tipo I).
    2. Catedráticos y profesores en expectativa de destino (Tipo 2).
    3. Catedráticos y profesores reingresados que han reingresado durante el curso escolar 2025-2026 y no han obtenido destino en el concurso de traslados convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025, y aquellos que deseen reingresar en el curso 2026-2027 (Tipo 3).
    4. Profesores pendientes de la realización de la fase de prácticas (Tipo 4).
    5. Aspirantes a interinidad (Tipo 5):
      • a. Integrantes de listas ordinarias (listas provenientes de procedimientos selectivos).
      • b. Integrantes de listas extraordinarias.
      • c. Integrantes de las listas extraordinarias permanentemente abiertas.

El procedimiento de asignación de destinos se realizará en las siguientes fases:

  1. Asignación provisional: A partir del 13 de julio para los colectivos indicados en el apartado 3.2 y a partir del 17 de julio para los colectivos indicados en el apartado 3.1 de la presente resolución, la Dirección General de Recursos Humanos publicará, mediante resolución dictada al efecto, los listados provisionales de adjudicatarios. Contra esta resolución se podrán presentar alegaciones en el plazo y forma que se determine en la misma. El hecho de no haber obtenido destino en la adjudicación provisional no implica no obtenerlo en la definitiva y viceversa. Asimismo, el centro de destino asignado en la adjudicación provisional puede ser diferente al asignado en la adjudicación definitiva.
  2. Asignación definitiva: Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones, a partir del 21 de julio de 2026 para los colectivos indicados en el apartado 3.2 y a partir del 29 de julio de 2026 para los colectivos indicados en el apartado 3.1, se procederá a dictar resolución de adjudicación definitiva.
  3. Asignaciones extraordinarias: Una vez cerrado el proceso anterior, se podrán realizar dos asignaciones extraordinarias, la primera de ellas, a partir del 24 de agosto, y la segunda con posterioridad a esa fecha y, en todo caso, antes del 4 de septiembre. Estas asignaciones tendrán carácter definitivo.

Asignaciones informáticas para cubrir puestos docentes a lo largo del curso (Interinos)

No obstante, aquellos que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de la misma.

Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien de alguno de los certificados electrónicos en la base quinta.

De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información sobre este procedimiento, el acceso a las aplicaciones y formularios, y la publicación de listados a las que se refiere esta Resolución estarán disponibles en el portal de la Comunidad de Madrid, para el Cuerpo de Maestros en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestos-docentes-maestros-2026, y para el resto de cuerpos en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestosdocentes-profesores-2026. Asimismo, podrá acceder a información complementaria al trámite, con carácter meramente informativo y sin efectos a través del portal “personal +educación”.

Se incluyen en el procedimiento de asignación de inicio de curso, los siguientes colectivos:

  • 3.1. Cuerpo de Maestros. Los colectivos que se incluyen en la asignación de destinos de inicio de curso, indicándose el código del tipo de participación, son los siguientes:
    • 3.1.1. Maestros desplazados (Tipo A), maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura (Tipo C), cumplimiento de sentencia o resolución de recurso (Tipo D), procedentes de educación en el exterior (Tipo E), excedencia por cuidado de familiares al amparo del artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Tipo F).
    • 3.1.2. Maestros con destino provisional (Tipo G) con obligación de participar en el Concurso de Traslados convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025 y que no hayan obtenido destino en el mismo por la modalidad C (resolución firme de expediente disciplinario), modalidad F (reingreso con destino provisional) o modalidad J (provisional que nunca ha obtenido destino definitivo).
    • 3.1.3. Maestros que han reingresado durante el curso escolar 2025-2026 y no han obtenido destino en el Concurso de Traslados convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025, y aquellos que deseen reingresar en el curso 2026-2027 (Tipo 3).
    • 3.1.4. Maestros pendientes de la realización de la fase de prácticas de procesos selectivos anteriores al de 2026 (Tipo P).
    • 3.1.5. Maestros seleccionados en los procesos selectivos convocados por Resolución de 2 de febrero de 2026 (Tipo 4).
    • 3.1.6. Aspirantes a interinidad (Tipo 5).
    En este apartado están incluidos los siguientes colectivos:
    • Los integrantes de listas ordinarias.
    • Los integrantes de las listas extraordinarias permanentemente abiertas.
    • Aquellos que, habiéndose presentado en los procedimientos selectivos por Resolución de 2 de febrero de 2026, hayan expresado su deseo de formar parte de las listas de interinidad marcando la opción “Solicito formar parte de la lista/listas de interinos” en el recuadro C de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo y no hayan resultado seleccionados.
  • 3.2. Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Los colectivos que se incluyen en la asignación de destinos de inicio de curso son los siguientes:
    • 3.2.1. Catedráticos y profesores desplazados de su centro de destino definitivo en el curso escolar 2025-2026, nuevos catedráticos y profesores desplazados de su centro de destino definitivo para el curso escolar 2026-2027 y catedráticos y profesores con cese voluntario (Tipo 1).
    • 3.2.2. Catedráticos y profesores que han perdido su centro de destino definitivo y tienen derecho preferente a un centro de la localidad (profesores procedentes del exterior, de excedencia por cuidado de familiares y por resolución de recurso) (Tipo I).
    • 3.2.3. Catedráticos y profesores en expectativa de destino (Tipo 2).
    • 3.2.4. Catedráticos y profesores reingresados que han reingresado durante el curso escolar 2025-2026 y no han obtenido destino en el concurso de traslados convocado por Resolución de 14 de octubre de 2025 y aquellos que deseen reingresar en el curso 2026-2027 (Tipo 3).
    • 3.2.5. Profesores pendientes de la realización de la fase de prácticas (Tipo 4).
    • 3.2.6. Aspirantes a interinidad (Tipo 5).
    En este apartado están incluidos los siguientes colectivos: Los integrantes de listas ordinarias. Los integrantes de listas extraordinarias. Los integrantes de las listas extraordinarias permanentemente abiertas.
  • 3.3. Cuerpos de Catedráticos de Música y Artes Escénicas. La Dirección General de Recursos Humanos, a partir de la primera quincena del mes de junio, dictará las instrucciones para la presentación de solicitudes y asignación de destinos de este colectivo en centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Cuarto. Plazas y tipos de puestos que se ofertan en las adjudicaciones de destinos de inicio de curso 2026-2027.
    En este procedimiento se asignan aquellas plazas que no están cubiertas por funcionarios de carrera con destino definitivo y que, con carácter general, se prevé no sean cubiertas por docentes de dicho colectivo durante la totalidad del curso 2026-2027, de acuerdo con la siguiente clasificación:
  • 4.1. Puestos ordinarios y voluntarios.
    • 4.1.1. Puestos de carácter ordinario. Los puestos de carácter ordinario son los únicos que pueden ser asignados de oficio. Estos puestos pueden ser:
      • Tipo 01: Jornada completa en la especialidad.
      • Tipo 02: Jornada completa compartiendo con especialidad afín.
      • Tipo 03: Jornada completa distribuida entre dos o más centros de la misma localidad, o compartir centros de distinta localidad en distintos días.
    • 4.1.2.Puestos de carácter voluntario. Los puestos de carácter voluntario son aquellos que poseen unas especiales características bien por razón de su jornada o del lugar donde se desempeñan las funciones, que justifican su asignación previa solicitud del interesado. Estos puestos pueden ser:
      • Tipo 04: Jornada parcial. Este tipo no será asignado, en ningún caso, a funcionarios de carrera ni a funcionarios en prácticas. En ningún caso la parcialidad será inferior a media jornada.
      • Tipo 05: Itinerante. Compartiendo centros de distinta localidad en el mismo día.
      • Tipo 06: Puestos de centros de Protección de Menores, Instituciones Penitenciarias, Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) y Aulas de Compensación Educativa (ACE). Este tipo de centros deberá solicitarse individualmente, no adjudicándose en peticiones por localidad o distrito o Dirección de Área Territorial.
      • Tipo 07: Puestos en Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria (SAED) y Centros Educativos Terapéuticos. Los distintos tipos de puestos voluntarios pueden presentarse combinados entre sí.
  • 4.2. Puestos docentes de asignación prioritaria. A los efectos de este procedimiento, se determinan como prioritarios los siguientes puestos:
    • 4.2.1. Puestos bilingües. Cubrirán estos puestos en los centros bilingües los funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas y aspirantes a interinidad que hayan obtenido la acreditación lingüística o la habilitación lingüística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilingües otorgada por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.
    • 4.2.2. Puestos en especialidades de difícil cobertura del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Se consideran especialidades de difícil cobertura las siguientes: Latín, Griego, Informática, Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos, Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica, Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos, Sistemas Electrónicos, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, Instalaciones Electrotécnicas, Sistemas y Aplicaciones Informáticas, Equipos Electrónicos.

5. Presentación de solicitudes.

  • 5.1. Obligatoriedad de presentación de la solicitud. Están obligados a presentar solicitud todos los docentes incluidos en alguno de los colectivos recogidos en los apartados 3.1 y 3.2 de la presente resolución. El haber solicitado una comisión de servicios para el curso 2026-2027 no exime de esta obligatoriedad. No obstante, la presentación de la solicitud no implica necesariamente la asignación de destino, ya que vendrá determinada por los puestos ofertados y las peticiones realizadas.
  • 5.2. Efectos de no presentar la solicitud de participación. A los funcionarios de carrera, a los funcionarios pendientes de realización de fase de prácticas, así como a los seleccionados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 2 de febrero de 2026, que no realicen la petición de destinos en los plazos establecidos, les será asignado de oficio un puesto de carácter ordinario. A los integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, que no realicen petición de destinos en los plazos establecidos, siempre y cuando les corresponda por número de orden un puesto de carácter ordinario, les será asignado destino de oficio. En caso de que no haya puestos de carácter ordinarios disponibles cuando llegue el número de orden del aspirante, no se le asignará ningún destino de oficio.
  • 5.3. Forma de presentación. La solicitud de participación se cumplimentará exclusivamente por medios electrónicos en los lugares indicados en el resuelve segundo, presentando una única solicitud, independientemente de si se pertenece a uno o a varios cuerpos docentes. Mediante la aplicación informática se cumplimentará la solicitud en sus distintos pasos, pulsando en el botón "Continuar". En el último paso se puede revisar el borrador de la solicitud antes de su presentación en Registro, pulsando en el botón "Visualizar borrador" y finalmente se registrará, pulsando en el botón “Enviar a Registro”. Una vez presentada, en el botón "Visualizar formulario registrado" se descargará el justificante que se deberá conservar como confirmación de la presentación, verificando que incluye número de registro de la forma XX/XXXXXX.9/26, junto con la fecha y hora de registro, en su esquina superior derecha. También se podrá obtener este justificante en el apartado.

Las solicitudes no podrán ser presentadas por otro medio diferente al registro electrónico de la Comunidad de Madrid.

  • Tipos de puestos de carácter voluntario

Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de área Territorial y los puestos que interesen.

Código Puesto voluntario
04 Jornada parcial.
05 Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día.
06 Protección de Menores, Instituciones Penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa (ACE).
07 Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos.

Las Aulas de Compensación Educativa son un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria.

Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.

A los funcionarios de carrera y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.

Los aspirantes a interinidad podrán participar en la asignación de destinos por un único cuerpo o por todos los cuerpos a los que pertenezcan. Asimismo, podrán realizar las siguientes renuncias aplicables a todas las asignaciones de inicio de curso:

  • A ser adjudicados en las asignaciones, cumplimentando el apartado correspondiente en la solicitud.
  • A ser adjudicados en puestos de carácter ordinario. En este caso, si les correspondiera por su número de orden, podrán ser adjudicados exclusivamente a alguno de los centros consignados en sus peticiones, en puestos de carácter voluntario del tipo solicitado, no siendo asignados de oficio, en ningún caso, a puestos de carácter ordinario.
  • A ser adjudicados, en una o varias especialidades a las que pertenezca. La renuncia a una especialidad o a su correspondiente bilingüe conllevará la renuncia en ambas especialidades.

Renuncias a puestos voluntarios

  • 7.1 Renuncia a puestos voluntarios
    En la resolución por la que se publique la asignación provisional recogida en el apartado sexto de esta resolución, se establecerá un plazo para que los aspirantes que lo deseen puedan renunciar a sus solicitudes de puestos voluntarios. Esta renuncia será para todos los puestos voluntarios solicitados y se aplicará a todas las especialidades y cuerpos en que figure el solicitante y tendrá efecto en todas las asignaciones derivadas de este proceso. Estas renuncias se efectuarán, exclusivamente, a través de la aplicación informática utilizada para la solicitud de destinos, que se encuentra disponible en los lugares indicados en el resuelve segundo.
  • 7.2 Renuncia para aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad que hayan obtenido destino en la asignación provisional. En la resolución por la que se publique la asignación provisional recogida en el apartado sexto de esta resolución, se establecerá un plazo para que los aspirantes que hayan obtenido puesto en la asignación provisional puedan renunciar a la misma. El resto de las asignaciones que se realicen tendrán carácter definitivo.
  • 7.3. Renuncias para aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad que no han obtenido destino en las asignaciones. Como se ha indicado en el resuelve sexto, el hecho de que un aspirante no haya obtenido destino en la asignación provisional no implica que no pueda obtenerlo en la asignación definitiva. Por tal motivo, tras cada una de las asignaciones que se realicen, a excepción de la última asignación extraordinaria, en la resolución en la que se haga pública la asignación se establecerá un plazo para solicitar no ser asignado en ninguna de las asignaciones posteriores.

Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid.

La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.

Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.

La renuncia a una especialidad bilingüe conllevará la renuncia a la especialidad correspondiente no bilingüe.

La asignación de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo t iempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

El cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al impartir ambos las mismas funciones docentes.

El cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al impartir ambos las mismas funciones docentes.

Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas. El orden de asignación por cuerpos es el siguiente:

  • Etapa 1: Profesores Especialistas en Sectores Singulares (Cuerpo 0598).
  • Etapa 2: Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (Cuerpo 0596).
  • Etapa 3: Profesores de Artes Plásticas y Diseño (Cuerpo 0595).
  • Etapa 4: Profesores de Música y Artes Escénicas (Cuerpo 0594).
  • Etapa 5: Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (Cuerpos 0512 y 0592).
  • Etapa 6: Profesores Técnicos de Formación Profesional (a extinguir) (Cuerpo 0591) (exclusivamente especialidades: 021 Taller de vidrio y cerámica, 025 Actividades (C.E.I.S)).
  • Etapa 7: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.1. (puestos bilingües).
  • Etapa 8: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.2. (puestos de difícil cobertura).
  • Etapa 9: Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria (Cuerpos 0511 y 0590) del resto de especialidades.
  • Etapa 10: Maestros (Cuerpo 0597) de las especialidades de cobertura prioritaria recogidas en el apartado 4.2.1. (puestos bilingües).
  • Etapa 11: Maestros (Cuerpo 0597) del resto de especialidades

En cada una de las etapas definidas en el apartado 6.1. de la presente resolución, el algoritmo irá asignando destino a cada uno de los participantes en el orden descrito en el Anexo I.

A la hora de asignar destino a un participante, se recorrerán en orden cada una de sus peticiones, considerándose todas las especialidades a las que pertenezca de la etapa correspondiente.

  1. Si en un mismo número de orden de petición el aspirante ha solicitado más de un tipo de puesto, existiendo en el código consignado puestos de varios tipos de entre los solicitados, el orden de asignación será como sigue:
    • Puesto tipo 01: Jornada completa en la especialidad.
    • Puesto tipo 02: Jornada completa compartiendo especialidad.
    • Puesto tipo 03: Jornada completa compartiendo centros de la misma localidad. Puesto tipo 05: Jornada completa itinerante, compartiendo centros de distinta localidad en el mismo día. Puesto tipo 06: Jornada completa en Protección de Menores, Instituciones Penitenciarias, Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) y Aulas de Compensación Educativa (ACE).
    • Las peticiones de los puestos tipo 06 solo será posible realizarlas en códigos de centro, no siendo posible solicitarlas por distrito, localidad o Dirección de Área Territorial.
    • Puesto tipo 07: Jornada completa en Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos.
    • Puestos tipo 04: Jornada parcial.
    • A continuación, se adjudicarán los puestos voluntarios que pertenezcan a alguna combinación de los códigos solicitados, en el orden siguiente:
      • Puesto tipos 05 con 06 (itinerante y centros tipo 06). No serán adjudicados, en ningún caso, puestos tipo 06 por distrito, localidad o Dirección de Área Territorial. Puesto tipos 05 con 07 (itinerante y centros tipo 07).
      • Puesto tipos 04 con 05 (jornada parcial e itinerante).
      • Puesto tipos 04 con 06 (jornada parcial y centros tipo 06). No serán adjudicados, en ningún caso, puestos tipo 06 por distrito, localidad o Dirección de Área Territorial.
      • Puesto tipos 04 con 07 (jornada parcial y centros tipo 07).
    Si el código de una determinada petición corresponde a un distrito de Madrid Capital, se incluirán en dicha petición todos los centros del distrito, sin un orden predeterminado entre ellos. Si el código de una determinada petición corresponde a una localidad, se incluirán en dicha petición todos los centros de la localidad, sin un orden predeterminado entre ellos. Si el código de una determinada petición corresponde a una Dirección de Área Territorial, se incluirán en dicha petición todos los centros de la misma, sin un orden predeterminado entre ellos.
  2. En el caso de no haber encontrado puesto en ninguna de las peticiones del solicitante se buscará un puesto de tipo 01, siguiendo el orden entre Direcciones de Área Territorial establecido por el participante en el apartado correspondiente.
  3. En el caso de no haber encontrado puesto tras los puntos 1 y 2 se buscará un puesto tipo 02, siguiendo el orden entre Direcciones de Área Territorial establecido por el participante en el apartado correspondiente.
  4. En el caso de no haber encontrado puesto tras los puntos 1, 2 y 3 se buscará un puesto tipo 03, siguiendo el orden entre Direcciones de Área Territorial establecido por el participante en el apartado correspondiente.
  5. En los puestos adjudicados a aspirantes a interinidad, se tendrá en cuenta el porcentaje que, con carácter general, debe respetarse para el acceso al empleo público de los aspirantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Uno de cada catorce puestos adjudicados debe recaer en un integrante de este colectivo.

A los funcionarios de carrera, a los funcionarios pendientes de realización de fase de prácticas, así como a los seleccionados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 2 de febrero de 2026, que no realicen la petición de destinos en los plazos establecidos, les será asignado de oficio un puesto de carácter ordinario. A los integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, que no realicen petición de destinos en los plazos establecidos, siempre y cuando les corresponda por número de orden un puesto de carácter ordinario, les será asignado destino de oficio. En caso de que no haya puestos de carácter ordinarios disponibles cuando llegue el número de orden del aspirante, no se le asignará ningún destino de oficio.

Los funcionarios de carrera podrán confirmar, los años pares el centro del curso anterior. Los profesores que deseen la confirmación lo consignarán en su solicitud marcando la casilla correspondiente de la hoja de petición de centros de la solicitud. El orden de asignación se efectuará por tipos de colectivos y dentro de cada Tipo de colectivo asignará primero a los que deseen confirmar centro.

Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid

Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.


Plazo de presentación abierto Plazo de presentación finalizado Convocatoria actualizada
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Madrid 29 May, 2026

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Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Segunda asignación extraordinaria.
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Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.


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Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Adjudicación de destinos provisional.


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Madrid 05 Ago, 2024

Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.


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Destinos provisionales inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores
Madrid 02 Ago, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos doc


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Destinos provisionales inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y otras especialidades.
Madrid 02 Ago, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos docentes.


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Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática
Madrid 24 Jul, 2024

Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática provisional.


Destinos provisionales Secundaria Formación Profesional
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Sup derivadas de procedimientos extraordinarios
Madrid 22 Jul, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos.


Novedades Destinos provisionales
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas
Madrid 22 Jul, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos


Novedades Destinos provisionales
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores.
Madrid 28 Jun, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.


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Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas
Madrid 28 Jun, 2024

Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.


Novedades Destinos provisionales
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Madrid 19 Sep, 2023

Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.


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Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Especialidad del cuerpo de Maestros, Educación Infantil, 18 sep.
Madrid 19 Sep, 2023

Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Especialidad del cuerpo de Maestros, Educación Infantil, convocada 18 de septiembre de 2023.


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Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Madrid 15 Sep, 2023

Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.


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Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Asignación sustituciones interinos.
Madrid 15 Sep, 2023

Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Asignación sustituciones interinos.


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