Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, funcionarios en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.
Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, maestros en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.
Adjudicación informática de vacantes de inicio de curso (Interinos)
El procedimiento de asignación de destinos se realizará en las siguientes fases:
Asignaciones informáticas a lo largo del curso (Interinos)
Aquellos docentes que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de esta.
Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien alguno de los certificados electrónicos descritos en el apartado 5.3 de la presente Resolución.
Normas generales
Todo maestro, aunque también forme parte de listas que pertenezcan a otros Cuerpos, presentará una única solicitud de centros para todos los puestos: bilingües, ordinarios y voluntarios, con un máximo de 200 códigos de centro, distrito, localidad y/o Dirección de área Territorial.
Las solicitudes para la asignación informática de centro se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos. No se admitirá ninguna solicitud que se haya cumplimentado de forma manual ni se admitirán correcciones o inclusiones a mano.
La misma solicitud utilizada para la asignación informática servirá también para la petición de puestos de carácter voluntario y puestos bilingües. Los puestos de carácter voluntario serán adjudicados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten.
Los funcionarios de carrera participarán por un único Cuerpo en las asignaciones informáticas de inicio de curso.
Los maestros desplazados o sin destino definitivo a causa de haberlo perdido: por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso; o procedentes de educación en el exterior o excedencia por cuidado de familiares, pueden ejercer el derecho preferente a obtener un puesto en la localidad del último destino definitivo. Deberán marcar la casilla correspondiente en la hoja de petición de centros de la solicitud y consignar todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, por orden de preferencia, o el código de dicha localidad.
El funcionario de carrera que desee solicitar reducción de jornada tendrá que participar en el procedimiento para ello establecido, no pudiendo pedir jornada parcial, tipo 04, en su solicitud de centros.
La asignación informática de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo tiempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas en el orden que se indica a continuación. El cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al impartir ambos las mismas funciones docentes. El cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de idiomas se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al impartir ambos las mismas funciones docentes. Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas.
El orden de asignación por cuerpos es el siguiente:
Presentación de solicitudes
La solicitud de participación se cumplimentará exclusivamente por medios electrónicos en los lugares indicados en el resuelve segundo, presentando una única solicitud, independientemente de si se pertenece a uno o a varios cuerpos docentes. Mediante la aplicación informática se cumplimentará la solicitud en sus distintos pasos, pulsando en el botón "Continuar". En el último paso se puede revisar el borrador de la solicitud antes de su presentación en Registro, pulsando en el botón "Visualizar borrador" y finalmente se registrará, pulsando en el botón “Enviar a Registro”. Una vez presentada, en el botón "Visualizar formulario registrado" se descargará el justificante que se deberá conservar como confirmación de la presentación, verificando que incluye número de registro de la forma XX/XXXXXX.9/26, junto con la fecha y hora de registro, en su esquina superior derecha. También se podrá obtener este justificante en el apartado "Solicitud", "Obtener copia (pdf)".
Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (https://www.comunidad.madrid/educacion/personal-educacion) en el apartado, “Tramitación electrónica”.
Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los maestros que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de área Territorial y los puestos que interesen.
| Código | Puesto voluntario |
| 04 | Jornada parcial. |
| 05 | Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día. |
| 06 | Protección de Menores, Instituciones penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa ACE. |
| 07 | Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos. |
Las vacantes correspondientes a las Aulas de Compensación Educativa se incluyen como puestos voluntarios en el tipo 06. Se trata de un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria, pero que puede ser adjudicado a aquellos maestros que opten por los puestos voluntarios tipo 06.
Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.
A los funcionarios de carrera, de prácticas y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.
Renuncias
Se establecen los siguientes tipos y su calendario:
Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid.
La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.
Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.
Derecho preferente a centro
Los maestros desplazados, maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, procedentes de educación en el exterior, excedencia por cuidado de familiares podrán solicitar derecho preferente, si así lo manifiestan en su solicitud de petición de centros, debiendo solicitar como primera petición el código del centro del que es definitivo en el caso de ser desplazado y del centro del último destino definitivo en el caso de estar comprendido en el resto de colectivos.
En caso de que quiera ejercer este derecho, estará obligado a consignar en la solicitud todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, correlativamente y relacionados por orden de preferencia o el código de dicha localidad. En el caso de que se intercalara un código que no corresponda a la localidad o se omitiera alguno de los centros de la localidad donde se ejerce el derecho preferente, la Administración, libremente, cumplimentará en este punto los centros restantes de dicha localidad antes de contemplar la siguiente petición.
El orden de prioridad de la asignación de destinos se determinará de acuerdo a los siguientes criterios, tal y como aparecen ordenados a continuación:
Dentro de cada tipo de colectivo de funcionarios de carrera se asignará primero a aquellos que opten por ejercer el derecho preferente a la localidad del centro de destino definitivo.
Orden de adjudicación
Derecho preferente a localidad o Dirección de área Territorial
A Los maestros que hayan hecho uso de su derecho preferente a centro y que no obtengan destino en la adjudicación, se les desplazará forzosos dentro de la misma localidad o dentro de la Comunidad. Tendrán preferencia a la localidad o a la Dirección de área de las que les dimane el derecho preferente, si así lo manifiestan en la casilla correspondiente de su solicitud de petición de centros.
Criterios de ordenación:
Orden de adjudicación (tras asignación por derecho preferente)
Los funcionarios de carrera podrán consignar en su solicitud el deseo de prestar servicio en el curso 2026-2027 en el mismo centro al que fueron destinados en el curso 2025-2026, marcando la casilla correspondiente.
Si solo se desea confirmar el centro en determinados tipos de puestos, además de marcar la casilla correspondiente, deberá cumplimentar el código de dicho centro en su primera petición, indicando en el mismo los tipos de puestos. En caso contrario, se entenderá que solo desea confirmar centro en puestos de carácter ordinario.
Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid
Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.
Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los profesores funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, profesores en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.
Presentación de solicitudes para los funcionarios de carrera que hayan variado su situación administrativa después del 16 de junio de 2026: del 24 de junio hasta el 7 de julio de 2026.
El procedimiento de asignación de destinos se realizará en las siguientes fases:
Asignaciones informáticas para cubrir puestos docentes a lo largo del curso (Interinos)
No obstante, aquellos que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de la misma.
Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien de alguno de los certificados electrónicos en la base quinta.
De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información sobre este procedimiento, el acceso a las aplicaciones y formularios, y la publicación de listados a las que se refiere esta Resolución estarán disponibles en el portal de la Comunidad de Madrid, para el Cuerpo de Maestros en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestos-docentes-maestros-2026, y para el resto de cuerpos en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestosdocentes-profesores-2026. Asimismo, podrá acceder a información complementaria al trámite, con carácter meramente informativo y sin efectos a través del portal “personal +educación”.
Se incluyen en el procedimiento de asignación de inicio de curso, los siguientes colectivos:
5. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes no podrán ser presentadas por otro medio diferente al registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de área Territorial y los puestos que interesen.
| Código | Puesto voluntario |
| 04 | Jornada parcial. |
| 05 | Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día. |
| 06 | Protección de Menores, Instituciones Penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa (ACE). |
| 07 | Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos. |
Las Aulas de Compensación Educativa son un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria.
Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.
A los funcionarios de carrera y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.
Los aspirantes a interinidad podrán participar en la asignación de destinos por un único cuerpo o por todos los cuerpos a los que pertenezcan. Asimismo, podrán realizar las siguientes renuncias aplicables a todas las asignaciones de inicio de curso:
Renuncias a puestos voluntarios
Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid.
La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.
Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.
La renuncia a una especialidad bilingüe conllevará la renuncia a la especialidad correspondiente no bilingüe.
La asignación de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo t iempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
El cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al impartir ambos las mismas funciones docentes.
El cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al impartir ambos las mismas funciones docentes.
Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas. El orden de asignación por cuerpos es el siguiente:
En cada una de las etapas definidas en el apartado 6.1. de la presente resolución, el algoritmo irá asignando destino a cada uno de los participantes en el orden descrito en el Anexo I.
A la hora de asignar destino a un participante, se recorrerán en orden cada una de sus peticiones, considerándose todas las especialidades a las que pertenezca de la etapa correspondiente.
A los funcionarios de carrera, a los funcionarios pendientes de realización de fase de prácticas, así como a los seleccionados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 2 de febrero de 2026, que no realicen la petición de destinos en los plazos establecidos, les será asignado de oficio un puesto de carácter ordinario. A los integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, que no realicen petición de destinos en los plazos establecidos, siempre y cuando les corresponda por número de orden un puesto de carácter ordinario, les será asignado destino de oficio. En caso de que no haya puestos de carácter ordinarios disponibles cuando llegue el número de orden del aspirante, no se le asignará ningún destino de oficio.
Los funcionarios de carrera podrán confirmar, los años pares el centro del curso anterior. Los profesores que deseen la confirmación lo consignarán en su solicitud marcando la casilla correspondiente de la hoja de petición de centros de la solicitud. El orden de asignación se efectuará por tipos de colectivos y dentro de cada Tipo de colectivo asignará primero a los que deseen confirmar centro.
Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid
Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.
Enseñanzas Artísticas Superiores. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22
Profesores Secundaria, FP y RE. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22.
Asignación de Destinos Provisionales. Secundaria, FP, RE Y E. Artísticas Superiores. Curso 2020/2021
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso para el cuerpo de Maestros. 2020/2021
Asignación de Destinos Provisionales. Cuerpo de Maestros 2019/2020
Asignación de Destinos Provisionales. Secundaria, FP, RE Y E. Artísticas Superiores. Curso 2019/2020
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Nota informativa.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Nota informativa.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Nota informativa.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Nota informativa.
Enseñanzas Artísticas Superiores. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Instrucciones.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Instrucciones.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2026-2027. Instrucciones.
Enseñanzas Artísticas Superiores. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación definitiva de destinos.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación provisional.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación definitiva.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación provisional.
Enseñanzas Artísticas Superiores. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación provisional de destinos.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2025-2026. Adjudicación provisional.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Segunda asignación extraordinaria.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Segunda asignación extraordinaria.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Adjudicación de destinos provisional.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos doc
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos docentes.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática provisional.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Especialidad del cuerpo de Maestros, Educación Infantil, convocada 18 de septiembre de 2023.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Asignación sustituciones interinos.