Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, funcionarios en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.
Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas, maestros en prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario.
Los maestros funcionarios de carrera que deseen reingresar en el curso 2024-2025 deberán solicitar su reingreso mediante el procedimiento “Cambio situación administrativa docentes”, cuyo formulario se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/cambio-situacion-administrativa-docentes.También se podrá acceder a través del portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Docentes”, “Trámites administrativos”, “Cambio situación administrativa”.
Adjudicación informática de vacantes de inicio de curso
El procedimiento de asignación de destinos se desarrollará conforme al siguiente calendario:
Asignación provisional. A partir del 22 de julio se publicarán los listados provisionales de adjudicatarios mediante resolución del director general de recursos humanos, contra los que se podrán presentar alegaciones en el plazo y forma que se determine en la citada resolución. En esta asignación se incluirán los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial antes del 20 de julio. A. El no haber obtenido destino en la adjudicación provisional no implica no obtenerlo en la definitiva y viceversa. Asimismo, el centro de destino en la provisional puede ser diferente al de la definitiva.
Asignación definitiva: Finalizado el plazo de presentación de alegaciones, a partir del 30 de julio, se procederá a dictar resolución de adjudicación definitiva en la que se incluirán los puestos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial antes del 28 de julio.
Los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial con posterioridad al 28 de julio y antes de 24 de agosto, serán adjudicadas al profesorado en la primera asignación extraordinaria, a partir del 26 de agosto.
Los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial con posterioridad al 24 de agosto y antes de 2 de septiembre, serán adjudicadas al profesorado en la segunda asignación extraordinaria, a partir del 4 de septiembre.
Los aspirantes que hayan obtenido puesto en la resolución provisional recogida en el apartado QUINTO podrán renunciar a la misma en el plazo que se determine en la indicada resolución. Además, que un aspirante no haya obtenido destino en la asignación provisional, no implica que no pueda obtenerlo en la asignación definitiva. Por tal motivo, tras cada una de las asignaciones que se realicen: provisional, definitiva y primera extraordinaria, en la resolución que haga pública la asignación de la que se trate, se establecerá un plazo para solicitar no ser asignado en ninguna de las adjudicaciones posteriores.
Asignaciones informáticas a lo largo del curso (Interinos)
Aquellos docentes que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de esta.
Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien de alguno de los certificados electrónicos en la base quinta.
Normas generales
Todo maestro, aunque también forme parte de listas que pertenezcan a otros Cuerpos, presentará una única solicitud de centros para todos los puestos: bilingües, ordinarios y voluntarios, con un máximo de 200 códigos de centro, distrito, localidad y/o Dirección de Área Territorial.
Las solicitudes para la asignación informática de centro se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos. No se admitirá ninguna solicitud que se haya cumplimentado de forma manual ni se admitirán correcciones o inclusiones a mano.
La misma solicitud utilizada para la asignación informática servirá también para la petición de puestos de carácter voluntario y puestos bilingües. Los puestos de carácter voluntario serán adjudicados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten.
Los funcionarios de carrera participarán por un único Cuerpo en las asignaciones informáticas de inicio de curso.
Los maestros desplazados o sin destino definitivo a causa de haberlo perdido: por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso; o procedentes de educación en el exterior o excedencia por cuidado de familiares, pueden ejercer el derecho preferente a obtener un puesto en la localidad del último destino definitivo. Deberán marcar la casilla correspondiente en la hoja de petición de centros de la solicitud y consignar todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, por orden de preferencia, o el código de dicha localidad.
El funcionario de carrera que desee solicitar reducción de jornada tendrá que participar en el procedimiento para ello establecido, no pudiendo pedir jornada parcial, tipo 04, en su solicitud de centros.
La asignación informática de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo tiempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas en el orden que se indica a continuación. El cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al impartir ambos las mismas funciones docentes. El cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de idiomas se adjudica junto con el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al impartir ambos las mismas funciones docentes. Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas.
Presentación de solicitudes
Una vez haya finalizado la solicitud única y haya generado el documento en formato PDF a través de la aplicación informática, deberá presentarlo por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Para lo cual es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma o bien estar dado de alta en IDENTIFICA, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid. Se entenderá que se ha realizado correctamente la presentación por esta vía cuando, en el documento generado en formato “pdf”, conste un nº de registro y una fecha y hora de entrada en su esquina superior derecha.
Las solicitudes no podrán ser presentadas por otro medio diferente al registro electrónico de la Comunidad de Madrid
Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los maestros que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de Área Territorial y los puestos que interesen.
Código | Puesto voluntario |
04 | Jornada parcial. |
05 | Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día. |
06 | Protección de Menores, Instituciones penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa ACE. |
07 | Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos. |
Las vacantes correspondientes a las Aulas de Compensación Educativa se incluyen como puestos voluntarios en el tipo 06. Se trata de un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria, pero que puede ser adjudicado a aquellos maestros que opten por los puestos voluntarios tipo 06.
Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.
A los funcionarios de carrera, de prácticas y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.
Renuncia a los puestos de carácter voluntario
Renuncias a puestos voluntarios.En la resolución por la que se publique la asignación provisional, se establecerá un plazo para que los aspirantes que lo deseen, puedan renunciar a sus solicitudes de puestos voluntarios. Esta renuncia será para todos los puestos voluntarios solicitados y se aplicará a todas las especialidades y cuerpos en que figure el solicitante y tendrá efecto en todas las asignaciones derivadas de este proceso. Estas renuncias se efectuarán, exclusivamente a través de la aplicación informática utilizada para la solicitud de destinos.
Renuncias para aspirantes que no han obtenido destino. Tal y como se ha indicado en la base quinta, el hecho de que un aspirante no haya obtenido destino en la asignación provisional, no implica que no pueda obtenerlo en la asignación definitiva. Por tal motivo, tras cada una de las asignaciones que se realicen: provisional, definitiva y primera extraordinaria, en la resolución que haga pública la asignación de la que se trate, se establecerá un plazo para solicitar no ser asignado en ninguna de las adjudicaciones posteriores.
Renuncia para aspirantes que hayan obtenido destino. Los aspirantes que hayan obtenido puesto en la resolución provisional recogida en el apartado quinto. podrán renunciar a la misma en el plazo que se determine en la indicada resolución. El resto de asignaciones que se realicen tendrán carácter definitivo.
El aspirante a interinidad que, al cumplimentar su solicitud, hubiera renunciado a puestos ordinarios y, posteriormente, renunciara a los puestos de carácter voluntario no podrá́ trabajar durante ese curso.
Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid.
La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.
Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.
Derecho preferente a centro
Los maestros desplazados, maestros sin destino definitivo a causa de haberlo perdido por supresión, transformación o clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, procedentes de educación en el exterior, excedencia por cuidado de familiares podrán solicitar derecho preferente, si así lo manifiestan en su solicitud de petición de centros, debiendo solicitar como primera petición el código del centro del que es definitivo en el caso de ser desplazado y del centro del último destino definitivo en el caso de estar comprendido en el resto de colectivos.
En caso de que quiera ejercer este derecho, estará obligado a consignar en la solicitud todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, correlativamente y relacionados por orden de preferencia o el código de dicha localidad. En el caso de que se intercalara un código que no corresponda a la localidad o se omitiera alguno de los centros de la localidad donde se ejerce el derecho preferente, la Administración, libremente, cumplimentará en este punto los centros restantes de dicha localidad antes de contemplar la siguiente petición.
El orden de prioridad de la asignación de destinos se determinará de acuerdo a los siguientes criterios, tal y como aparecen ordenados a continuación:
Dentro de cada tipo de colectivo de funcionarios de carrera se asignará primero a aquellos que opten por ejercer el derecho preferente a la localidad del centro de destino definitivo.
Orden de adjudicación
Derecho preferente a localidad o Dirección de Área Territorial
A Los maestros que hayan hecho uso de su derecho preferente a centro y que no obtengan destino en la adjudicación, se les desplazará forzosos dentro de la misma localidad o dentro de la Comunidad. Tendrán preferencia a la localidad o a la Dirección de Área de las que les dimane el derecho preferente, si así lo manifiestan en la casilla correspondiente de su solicitud de petición de centros.
Criterios de ordenación:
Orden de adjudicación (tras asignación por derecho preferente)
Los funcionarios de carrera podrán confirmar, en los años pares, el centro del curso anterior. Las Normas de Procedimiento establecen la forma de solicitarlo.
Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid
Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.
Es un procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües al profesorado funcionario de carrera sin destino, funcionarios pendientes de realización de la fase de prácticas, seleccionados en los procedimientos selectivos y aspirantes a interinidad de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas y catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño, y para la formación de listas de aspirantes a interinidad para puestos de carácter voluntario.
Asignación provisional. A partir del 22 de julio se publicarán los listados provisionales de adjudicatarios mediante resolución del director general de recursos humanos, contra los que se podrán presentar alegaciones en el plazo y forma que se determine en la citada resolución. En esta asignación se incluirán los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial antes del 20 de julio. A. El no haber obtenido destino en la adjudicación provisional no implica no obtenerlo en la definitiva y viceversa. Asimismo, el centro de destino en la provisional puede ser diferente al de la definitiva.
Asignación definitiva: Finalizado el plazo de presentación de alegaciones, a partir del 30 de julio, se procederá a dictar resolución de adjudicación definitiva en la que se incluirán los puestos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial antes del 28 de julio.
Los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial con posterioridad al 28 de julio y antes de 24 de agosto, serán adjudicadas al profesorado en la primera asignación extraordinaria, a partir del 26 de agosto.
Los puestos existentes en los centros educativos públicos que se hayan comunicado a la Dirección General de Recursos Humanos por las Direcciones de Área Territorial con posterioridad al 24 de agosto y antes de 2 de septiembre, serán adjudicadas al profesorado en la segunda asignación extraordinaria, a partir del 4 de septiembre.
No obstante, aquellos que no deseen ser asignados en las adjudicaciones de plazas de inicio de curso, podrán renunciar a la asignación informática de destinos provisionales, sin que ello les impida solicitar destinos a través de la plataforma de asignación de docentes interinos (PADI) a partir de la fecha de apertura de la misma.
Los aspirantes interesados deberán participar indicando el orden de preferencia de las plazas ofertadas en las que tengan interés, de forma telemática mediante PADI, en el plazo que establezca la convocatoria. Para poder acceder a esta plataforma será necesario disponer del número de solicitud que se generó en la instancia de petición de centros para el curso o bien de alguno de los certificados electrónicos en la base quinta.
Normas generales
Están obligados a presentar solicitud todos los docentes incluidos en alguno de los colectivos recogidos en el apartado 2.1 y 2.2 de la presente resolución (maestros, cuerpos de Catedráticos de enseñanza secundaria y de escuelas oficiales de idiomas, Profesores de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria, de Técnicos de Formación Profesional a extinguir, de Especialistas en Sectores Singulares, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, así como del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño), además de aquellos aspirantes admitidos en los procesos selectivos a realizar en 2024. El haber solicitado para el curso 2024/2025 una comisión de servicios no exime de esta obligatoriedad. No obstante, el hecho de la presentación de la solicitud no implica la asignación de destino, que vendrá determinada por los puestos ofertados y las peticiones realizadas.
Esta opción solamente se refiere a las asignaciones informáticas de vacantes puesto que para las asignaciones de sustituciones a lo largo del curso están se realizarán a través de la plataforma PADI (Plataforma de Asignación de Docentes Interinos) donde los interinos podrán optar voluntariamente por participar por cualquiera de los cuerpos y especialidades en los que estén incluidos.
Interinos
Los aspirantes a interinidad que formen parte de las listas de más de un Cuerpo docente podrán optar por participar en las asignaciones informáticas de vacantes de inicio de curso por un único Cuerpo o por todos a los que pertenezca. En cualquier caso, deberá cumplimentar una única solicitud de participación.
Esta opción solamente se refiere a las asignaciones informáticas de vacantes puesto que para las asignaciones de sustituciones a lo largo del curso están se realizarán a través de la plataforma PADI (Plataforma de Asignación de Docentes Interinos) donde los interinos podrán optar voluntariamente por participar por cualquiera de los cuerpos y especialidades en los que estén incluidos.
Si un participante solicita destino por varios cuerpos o especialidades, le será asignado, si es posible, por el cuerpo o especialidad cuya etapa se asigne con anterioridad. Una vez asignado, dicho aspirante será retirado del resto del proceso de adjudicación en sus distintas etapas.
La asignación informática de destinos de inicio de curso se realiza por cuerpos. No todos los cuerpos se adjudican al mismo tiempo, sino que el proceso se desarrolla por etapas en el orden que se indica a continuación.
Presentación de la solicitud
Una vez haya finalizado la solicitud única y haya generado el documento en formato PDF a través de la aplicación informática, deberá presentarlo por medios en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Para lo cual es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Se entenderá que se ha realizado correctamente la presentación por esta vía cuando, en el documento generado en formato “pdf”, conste un nº de registro y una fecha y hora de entrada en su esquina superior derecha.
Las solicitudes no podrán ser presentadas por otro medio diferente al registro electrónico de la Comunidad de Madrid
Son aquellos que, por sus especiales características, no son asignados de oficio y serán asignados, exclusivamente, a los profesores que los soliciten. Se podrán solicitar por Dirección de Área Territorial y los puestos que interesen.
Código | Puesto voluntario |
04 | Jornada parcial. |
05 | Itinerante. Compartir centros de distinta localidad en el mismo día. |
06 | Protección de Menores, Instituciones Penitenciarias, UFIL y Aulas de Compensación Educativa (ACE). |
07 | Aulas Hospitalarias, Servicios de Atención Domiciliaria y Centros Educativos Terapéuticos. |
Las Aulas de Compensación Educativa son un modelo organizativo de la compensación educativa exclusivo para alumnos de Educación Secundaria.
Para la solicitud de Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL) debe cumplimentarse el código de dicho centro y el código 06 de tipo de puesto voluntario.
A los funcionarios de carrera y los pendientes de realización de las prácticas, no se les podrá asignar puestos de carácter voluntario del tipo 04 “Jornada Parcial”. Para acogerse al derecho de reducción de jornada por interés particular, deberán solicitarlo tal y como se describe en el Manual de permisos y licencias de docentes al que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid.
Renuncias a puestos voluntarios
Los profesores que hayan solicitado puestos de carácter voluntario podrán renunciar a la asignación de los mismos en el plazo que señale la Resolución por la que se publiquen los listados de la asignación informática provisional de vacantes. Esta renuncia será para todos los puestos voluntarios solicitados y tendrá efecto en todas las asignaciones derivadas de este proceso.
Esta renuncia se efectuará, exclusivamente, a través de la aplicación informática con la que cumplimentó la solicitud, a la que se tendrá acceso durante el plazo que se establezca. Para ello será imprescindible conservar el número de la solicitud presentada. La renuncia a los puestos voluntarios es irrevocable.
El hecho de que un aspirante no haya obtenido destino en la asignación provisional, no implica que no pueda obtenerlo en la asignación definitiva. Por tal motivo, tras cada una de las asignaciones que se realicen: provisional, definitiva y primera extraordinaria, en la resolución que haga pública la asignación de la que se trate, se establecerá un plazo para solicitar no ser asignado en ninguna de las adjudicaciones posteriores. Los aspirantes a interinidad que sin haber renunciado conforme lo señalado anteriormente, no acepten el puesto que se les adjudique sin causa justificada, decaerán de todas las listas de aspirantes a interinidad.
Renuncia para aspirantes que hayan obtenido destino
Los aspirantes que hayan obtenido puesto en la resolución provisional recogida en el apartado quinto. podrán renunciar a la misma en el plazo que se determine en la indicada resolución. El resto de asignaciones que se realicen tendrán carácter definitivo.
Los puestos bilingües serán asignados al profesorado que haya sido habilitado o acreditado para el ejercicio de estos puestos por la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid.
La cobertura de los puestos bilingües tiene carácter preferente y prioritario, por lo que la aceptación de los mismos es obligatoria para aquellos profesores que hayan obtenido la habilitación y/o la acreditación lingüística. Por ello, a todos los participantes de la adjudicación de destino provisional que posean la habilitación y/o la acreditación lingüística, se les asignará destino, en primer lugar, por este tipo de puestos, siempre que haya necesidades a cubrir.
Los aspirantes a interinidad que no acepten este tipo de puestos decaerán de todas las listas.
La renuncia a una especialidad bilingüe conllevará la renuncia a la especialidad correspondiente no bilingüe.
El profesorado de los tipos 1 e I pueden ejercer el derecho preferente a obtener un puesto en la localidad del último destino definitivo. Para ello tendrán que marcar la casilla correspondiente en la hoja de petición de centros de la solicitud y consignar todos los centros de la localidad, o distritos en el caso de Madrid Capital, en la que ejerzan dicho derecho preferente, correlativamente y por orden de preferencia, o el código de dicha localidad. En el caso de que se intercalara un código que no corresponda a la localidad o se omitiera alguno de los centros de la localidad o distrito en caso de Madrid Capital, donde se ejerce el derecho preferente, la Administración incluirá́ en este punto los centros o distritos restantes.
El orden de prioridad de la asignación de destinos se determinará de acuerdo a los siguientes criterios, tal y como aparecen ordenados a continuación:
Dentro de cada tipo de colectivo de funcionarios de carrera, se asignará primero a los que opten por confirmar centro, después los que opten por ejercer el derecho preferente a la localidad del centro de destino definitivo y por último al resto del profesorado.
Ordenación de los participantes Dentro de cada tipo de colectivo la ordenación será la siguiente:
Además, se tendrá en cuenta el porcentaje que, con carácter general, deba respetarse a los aspirantes a interinidad que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%, para el acceso al empleo público. A estos efectos, de cada dieciséis adjudicaciones que se realicen una habrá de recaer en un aspirante con discapacidad.
Los funcionarios de carrera podrán confirmar, los años pares el centro del curso anterior. Los profesores que deseen la confirmación lo consignarán en su solicitud marcando la casilla correspondiente de la hoja de petición de centros de la solicitud. El orden de asignación se efectuará por tipos de colectivos y dentro de cada Tipo de colectivo asignará primero a los que deseen confirmar centro.
Listados de centros educativos de la Comunidad de Madrid
Estas listas se actualizan con la base de datos de la Consejería de Educación, por lo que pueden presentar un desfase con los distintos procesos que las afectan.
Enseñanzas Artísticas Superiores. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22
Profesores Secundaria, FP y RE. Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2021-22.
Asignación de Destinos Provisionales. Secundaria, FP, RE Y E. Artísticas Superiores. Curso 2020/2021
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso para el cuerpo de Maestros. 2020/2021
Asignación de Destinos Provisionales. Cuerpo de Maestros 2019/2020
Asignación de Destinos Provisionales. Secundaria, FP, RE Y E. Artísticas Superiores. Curso 2019/2020
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Segunda asignación extraordinaria.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Segunda asignación extraordinaria.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.
Maestros: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Adjudicación de destinos provisional.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática definitiva.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos doc
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación definitiva de puestos docentes.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2024-2025. Asignación informática provisional.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas y de determinadas especialidades incluidas en el Concurso de Méritos de 28 de julio de 2020. Adjudicación provisional de destinos
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Centros de Enseñanzas Artísticas Superiores. Procedimiento y listas provisionales.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Especialidad del cuerpo de Maestros, Educación Infantil, convocada 18 de septiembre de 2023.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Nueva convocatoria AReS.
Asignación de destinos provisionales en el curso 2023-2024. Asignación sustituciones interinos.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso, al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Adjudicación de puestos docentes.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso, al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Adjudicación de puestos docentes.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Adjudicación de puestos docentes.
Asignación de puestos docentes a los maestros sin destino para el curso 2023-2024. Asignación informática provisional.
Profesores Secundaria, FP y RE: Asignación de destinos provisionales en el inicio de curso 2023-2024. Listado definitivo de instancias presentadas.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores. Listas definitivas de especialidades/materias/asignaturas derivadas de procedimientos extraordinarios y de determinadas especialidades incluidas en concurso de méritos.
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Enseñanzas Artísticas Superiores. Seleccionados para participar en el procedimiento de asignación de destinos de determinadas especialidades/materias/asignaturas derivadas de procedimientos extraordinarios y de dete
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Modificación de la forma de presentación d
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Listas definitivas de aspirantes a interinidad o comisi&
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Listas de participantes seleccionados y de vacantes
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Seleccionados por los procedimientos de estabilizaci&oac
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Listas definitivas de aspirantes a interinidad o comisi&
Asignación de destinos provisionales en inicio de curso. Especialidades incluidas en el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de 2019 y en concurso de méritos de 2020. Modificación de la forma de presentación d