Se regula el procedimiento para la obtención del cese voluntario en su destino definitivo de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.