MUFACE Cambio de entidad ordinario en enero


19 Dic, 2023

Cambio de entidad ordinario en enero

Los mutualistas y beneficiarios con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria (ADESLAS, ASISA y DKV), solo podrán solicitar cambio ordinario de entidad médica durante el mes de enero.

Es importante antes de tomar esta decisión, comprobar los servicios de las entidades. Se pueden consultar en los Catálogos, de las entidades, en la web de MUFACE.

Cómo solicitarlo

La solicitud de cambio de entidad, deberá realizarse bien por la sede electrónica, o descargando la solicitud (PDF) y enviándola por correo postal a la oficina que corresponda, o registrando la solicitud en los registros previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, lo que incluye el REG. Si no pudiese presentarla por ninguna de estas vías, será necesario pedir cita previa.

Se pueden realizar consultas utilizando el formulario telemático de la Oficina de Información al Mutualista o desde la aplicación para dispositivos móviles. 

 

Enlaces de interés:

Cambio extraordinario fuera de plazo

Se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción al Sistema Sanitario Público fuera de plazo cuando:

  • Se produzca un cambio de destino o domicilio del mutualista que implique traslado de provincia.
  • El mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de la entidad (cambio del INSS a entidad colaboradora).
  • Por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica y la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo.

 

Cambio extraordinario al INSS

El titular podrá solicitar cambio extraordinario por razones de asistencia médico-hospitalaria y tendrá que ser aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/Seguridad Social. En este supuesto, junto con la solicitud, deberá aportar informe médico en el que conste el diagnóstico del proceso patológico padecido por él o por alguno de sus beneficiarios y las razones que aconsejan su tratamiento en un Centro del Sistema Sanitario Público. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años adscrito al INSS en el caso de que le sea concedido el cambio.

Más información

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ANPE-Madrid sindicato independiente de la enseñanza pública

Madrid, 19 de diciembre de 2023