El concierto entre MUFACE y las entidades de seguro de asistencia sanitaria para 2022 establece que, los mutualistas y beneficiarios con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria (ADESLAS, ASISA y DKV), solo podrán solicitar cambio ordinario de entidad médica durante el mes de enero. Igualatorio Cantabria no será entidad colaboradora en el 2022, por lo que todos aquellos mutualistas que la hubiesen elegido en años anteriores, deberán solicitar cambio de entidad o serán adscritos al INSS.
Es importante antes de tomar esta decisión, comprobar los servicios de las entidades, ya que han podido variar. Se pueden consultar en los Catálogos, de las entidades, dentro de la sección Encuentra tu Médico de la web de MUFACE.
Cómo solicitarlo
Debido a las restricciones de aforo en las oficinas de MUFACE, la solicitud de cambio de entidad, deberá realizarse bien por la sede electrónica con Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico, o descargando la solicitud y enviándola por correo postal a la oficina que le corresponda, o en los registros previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, lo que incluye el REC. Si no pudiese presentarla por ninguna de estas vías, será necesario pedir cita previa.
En caso de tener que realizar alguna consulta, se podrá hacer por teléfono o correo electrónico al Servicio Provincial correspondiente, o utilizando el formulario telemático de la Oficina de Información al Mutualista o desde la aplicación para dispositivos móviles.
Enlaces de interés:
Buscador de oficinas de MUFACE
Solicitud de cambio de entidad(pdf)
REC (Registro Electrónico Común)
Cambio extraordinario fuera de plazo
Se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción al Sistema Sanitario Público fuera de plazo:
- Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo, que implique traslado de provincia.
- Cuando, manteniendo su localidad de destino o siendo jubilado o beneficiario, el mutualista cambie su domicilio a otra provincia.
- Cuando el mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las entidades afectadas.
- Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidades, incluido, en su caso, el INSS.
Cambio extraordinario al INSS
Cuando el titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/Seguridad Social. En este supuesto, junto con la solicitud, el titular deberá aportar informe médico en el que conste el diagnóstico del proceso patológico padecido por él o por alguno de sus beneficiarios y las razones que aconsejan su tratamiento en un Centro del Sistema Sanitario Público. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer cinco años adscrito al INSS en el caso de que le sea concedido el cambio.
ANPE-Madrid sindicato independiente de la enseñanza pública
Madrid, 21 de diciembre de 2021