Durante los meses de enero y junio, los mutualistas y beneficiarios con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria (ADESLAS, ASISA, DKV e Igualatorio de Cantabria), podrán solicitar cambio de entidad médica.
Como en años anteriores, por el concierto entre MUFACE y las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, se podrá solicitar cambio de entidad no solo en enero sino también en junio.
Para facilitar la toma de esta decisión, se pueden consultar los Catálogos de entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria.
Cómo solicitarlo
Debido a las restricciones de aforo en las oficinas de MUFACE para evitar la propagación del coronavirus, las solicitudes deberán hacerse a través de la sede electrónica o, en papel, por correo postal.
La gestión por sede electrónica puede hacerse con Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico, y por correo postal enviando impreso cumplimentado y firmado.
En caso de tener que realizar alguna consulta, se podrá hacer por teléfono o correo electrónico al Servicio Provincial correspondiente, o utilizando el formulario telemático de la Oficina de Información al Mutualista o desde la aplicación para dispositivos móviles.
Datos de contacto de oficinas de MUFACE
Cambio extraordinario fuera de plazo
Se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción al Sistema Sanitario Público fuera de plazo:
- Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo que implique traslado de provincia.
- Cuando, manteniendo su localidad de destino o siendo jubilado o beneficiario, el mutualista cambie su domicilio a otra provincia.
- Cuando el mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las entidades afectadas.
- Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidades, incluido, en su caso, el INSS.
Cambio extraordinario al INSS
Cuando el titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/Seguridad Social.
En este supuesto, junto con la solicitud, el titular deberá aportar informe médico en el que conste el diagnóstico del proceso patológico padecido por él o por alguno de sus beneficiarios y las razones que aconsejan su tratamiento en un Centro del Sistema Sanitario Público. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer cinco años adscrito al INSS en el caso de que le sea concedido el cambio.
ANPE-Madrid sindicato independiente de la enseñanza pública
Madrid, 1 de junio de 2021