Integración de profesores técnicos de FP en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria


30 Nov, 2022

Resolución de 22 de noviembre de 2022 por la que se convoca procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (BOCM del día 29).

Especialidades que pueden solicitar la integración

  • El profesorado de las especialidades del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional que se relacionan en el anexo I de la convocatoria.
  • También podrán solicitar la integración en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, el profesorado de las siguientes especialidades: Cocina y pastelería, Estética, Fabricación e instalación de carpintería y mueble, Mantenimiento de vehículos, Mecanizado y mantenimiento de máquinas, Patronaje y confección, Peluquería, Producción en artes gráficas, Servicios de restauración y Soldadura.

Requisitos

  • Ser funcionario de carrera de alguna de las especialidades docentes del Cuerpo, a extinguir, con destino definitivo o provisional en la Comunidad de Madrid. 
  • Estar en servicio activo o en las siguientes situaciones administrativas: servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, encontrarse destinado en la administración educativa en el exterior y haber tenido su último destino en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid.
  • Estar en posesión de la titulación de Grado universitario, Licenciado, Ingeniero y Arquitecto, o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente. Serán titulaciones equivalentes cualquier titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica (la fecha de perfeccionamiento del requisito será finalización del plazo de presentación de la solicitud).

Documentación acreditativa

  • Copia del título académico.
  • Certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título, acompañada del resguardo de pago de las tasas de expedición del mismo.

Solicitudes

Tanto la solicitud como la aportación de documentación se realizará exclusivamente de forma telemática (https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/integracion-profesorado-0591).

Los funcionarios de carrera de las especialidades de Cocina y pastelería, Estética, Fabricación e instalación de carpintería y mueble, Mantenimiento de vehículos, Mecanizado y mantenimiento de máquinas, Patronaje y confección, Peluquería, Producción en artes gráficas, Servicios de restauración, y Soldadura, del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional no deberán cumplimentar el apartado “Indique especialidad/es del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria en el que solicita la integración” de la solicitud.

La documentación requerida se anexará a la solicitud, en el momento de su presentación y envío. Se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”, “Consultar”, “Situación de tus expedientes”.

 

Plazo de presentación de solicitudes.

Plazo ordinario: del 30 de noviembre al 30 de diciembre de 2022.

 

Plazo extraordinario: El profesorado que reuniese los requisitos establecidos con posterioridad a la finalización del plazo, o bien no hubiese solicitado la integración dentro del plazo ordinario, podrá solicitarlo con posterioridad, hasta el 19 de enero de 2026. 

Resolución

Una vez presentada la solicitud en el plazo ordinario o extraordinario y comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria, se procederá por parte del director general de Recursos Humanos a dictar Resolución individualizada estimatoria o desestimatoria a la integración en el plazo máximo de tres meses.

Efectos de la resolución estimatoria de la solicitud

  • Con carácter general la Resolución producirá efectos desde el 19 de enero de 2021.

Cuando solicitante hubiera cumplido las condiciones relativas a la titulación con posterioridad al 19 de enero de 2021 y con anterioridad al fin del plazo de presentación de solicitudes, los efectos de integración serán desde la fecha de la solicitud de expedición de los títulos académicos.

  • En el caso de aquellos participantes que hayan sido seleccionados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 11 de marzo de 2020, la fecha de efectos será la de su nombramiento como funcionarios de carrera.
  • Los efectos de la resolución individualizada de integración en el caso del profesorado que presente su solicitud en el plazo extraordinario de integración, la fecha de efectos será la fecha de la solicitud.

Acceso a la Administración electrónica

Anexo I especialidades a integrar

 

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30 de noviembre de 2022

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